Espectáculos de las Artes Vivas con Mayor Aporte Histórico
Desde el regreso al contacto presencial y el entretenimiento en vivo, los espectáculos públicos de las artes escénicas tomaron un lugar protagónico en las agendas de los colombianos, los encabezados de los principales medios, y la tendencia inequívoca en las redes sociales, por su exitosa demanda y su creciente oferta. Y es que en la medida que estos eventos se venden se contribuye a la infraestructura y a la mayor circulación cultural para el país.
Fue así como empezamos a ver noticias que nos hablaban de sold out de más de cuatro estadios para un mismo evento, ventas de más de decenas de miles de entradas en contados minutos, y un sector, que en ciudades como Bogotá, se posicionó con altos indicadores económicos como lo fue generar un valor agregado mayor a los $376 mil millones de pesos - aprox. 87,0 millones de dólares - en el 2023 (Direccción de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte de Bogotá).
Ahora ¿espectáculos públicos de las artes escénicas? Este concepto fue creado mediante la Ley 1493 de 2011, que delimitó este tipo de eventos y creó este sector en la Economía Cultural y Creativa de Colombia. Los refiere como las aglomeraciones público que congregan a las personas para presenciar las representaciones en vivo de teatro, danza, música, circo, magia y, todas sus posibles prácticas derivadas (lit. a, art. 3°, L. 1493/11). A su vez, el legislador con el objetivo de fomentar este sector creó la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas y simplificó la carga tributaria que estos eventos deben asumir para su venta y realización, como con la reducción de la retención en la fuente para el talento internacional; la exclusión del IVA; y la eliminación de impuestos municipales.
Un tributo de índole parafiscal se genera por medio de un gravamen a un determinado único grupo social o económico para que los recursos que se recauden vuelvan en beneficio de este mismo sector. El caso de esta contribución parafiscal no es la excepción, por cada entrada que se venda y entregue para un espectáculo público de las artes escénicas con un valor igual o superior a 3 UVT - que para este 2025 corresponde a $149.397 COP - los organizadores de estos eventos directamente o través de un agente de retención deben declarar y pagar al Ministerio de las Culturas, los Artes y los Saberes el equivalente al 10% de la boletería con este precio.
Mediante el recaudo de este gravamen el Ministerio transfiere a los municipios y distritos del país donde se ha realizados estos espectáculos para que inviertan con una destinación específica: la línea de circulación y producción de estas artes escénicas, y la línea de infraestructura para los escenarios de estas artes. Con lo anterior, se busca apalancar el sostenimiento y crecimiento de la cadena de valor de estos espectáculos y solidificar la infraestructura cultural en un ámbito de cumplimiento de los parámetros de seguridad humana y de los altos estándares técnicos de calidad para la ejecución de estas artes escénicas.
En CONSULTORIARTE conocemos el esfuerzo conjunto de los empresarios que hacen realidad cada uno de estos eventos, que entrega felicidad e inyecta productividad a la economía colombiana, y en reconocimiento a este invaluable trabajo queremos resaltar los eventos que históricamente más han aportado al país mediante esta contribución parafiscal desde 2019 hasta 2024, en cada vigencia: